martes, 11 de agosto de 2020

MONARQUÍA Y REPUBLICANISMO * ** ***


Por razones democráticas, soy republicano: que todo el poder soberano —el Estado— resida en el pueblo —la ciudadanía— y que el pueblo elija democráticamente a todos sus representantes, me parece imprescindible. Y por razones sentimentales, soy republicano: me siento republicano y nada monárquico, personal e históricamente. Pero, sobre todo, Ideológicamente me identifico con las tesis del republicanismo, sea el clásico o el instrumental: reconocimiento, protección y extensión de libertades y derechos políticos y de derechos sociales iguales para todos los ciudadanos; libertad como no dominación; imperio de la ley; Constitución; separación de poderes; virtudes cívicas, etc. todo con la vista puesta en el bien común, me parece un programa atractivo.

Para sobrevivir, las monarquías tradicionales, esencialmente absolutistas, se reconvirtieron en monarquías parlamentarias, asumiendo así, en parte, los valores del republicanismo, pero no evitando la paradoja de ser una institución no electiva —no democrática— incrustada en sistemas democráticos que no teniendo teóricamente poder político efectivo, sí suelen tener privilegios jurídicos, políticos y económicos injustificables.

Solo encuentro dos formas de evitar la paradoja: desincrustar la monarquía convirtiendo el reino en república o vaciarla de todo contenido, de todo poder y de todo privilegio hasta dejarla en un esqueleto estrictamente simbólico que ocupe la Jefatura del Estado dándole continuidad, pero no más.

La Constitución del 78 es reformable, cierto, tan cierto como que es difícilmente reformable en los artículos declarados fundamentales. Y eso no se debe a la situación aritmética coyuntural del parlamento actual, sino a las condiciones que impone la Constitución misma. O sea, que, o se abre un nuevo proceso constituyente —que parece algo imposible hoy por hoy— o tenemos monarquía blindada por la Constitución para rato.

* Publicado en elperiodico.com. Entre Todos. 13.08.2020.

** Publicado un extracto en las ediciones en papel en castallano y catalán. 16.08.2020.


















*** Publicado en Crónica Popular. 15.08.2020

miércoles, 5 de agosto de 2020

OTRO REY QUE SE VA DE ESPAÑA *


En los sistemas democráticos no presidencialistas, la figura del jefe del Estado es fundamentalmente simbólica, lo mismque la mayoría de sus funciones. En ese caso, tanto da que la forma de Estado sea una república o una monarquía porque el jefe del Estado no tiene poder ejecutivo, ni legislativo, ni judicial.

La ventaja de la jefatura del Estado monárquica es la teórica neutralidad de la Corona, que supuestamente ni tiene ni puede tener ideología, y el automatismo del relevo: quién ocupará el trono está predeterminado y por tanto nada hay que elegir. La desventaja es que, quiéralo o no, no es posible no tener una ideología, de manera que la supuesta neutralidad se desmorona, pero, sobre todo, la desventaja es que los ciudadanos no eligen ni directa ni indirectamente quién sea el jefe del Estado, lo que sin duda es una chirriante excepción en un sistema democrático, por mucha tradición que haya detrás de ello. 
Que los jefes de Estado gocen de algún grado de inmunidad en el ejercicio de su cargo no es una excepción, pero que esa inmunidad se extienda a los actos privados —hasta convertirse en inviolabilidad total— y más allá del ejercicio efectivo de su cargo es otra chirriante excepción democrática.
Que los actos institucionales del jefe del Estado —o de cualquier cargo público— hayan sido ejemplares, eficaces y hasta heroicos es, sin duda, motivo de agradecimiento por los servicios prestados, pero no es motivo suficiente para cubrir -o encubrir- los actos privados presuntamente delictivos. 
El rey emérito se ha ido de España —o se ha exiliado, o ha huido, según las distintas versiones— parece que al Caribe lujoso mientras está siendo investigado por unas supuestas comisiones millonarias. Sé lo que constitucionalmente significa ser Rey y sé igualmente lo que constitucionalmente significa ser jefe del Estado, pero constitucionalmente “rey emérito” no significa nada porque ni en la Constitución ni en la Ley Orgánica de la abdicación ni en el Real Decreto que modifica su tratamiento hay tal figura. Como no hay presidentes del Gobierno o ministro eméritos, por ejemplo.
Tantas veces ha ocurrido en nuestra historia que un rey se va de España —se exilie, huya, etc. —, que no es una excepción, ni democrática ni monárquica.

* Publicado en infoLibre. Librepensadores. 07.08.2020